Uno de los momentos más esperados por las familias adoptivas y sus hijos e hijas es la llegada del nuevo DNI que garantiza el derecho a la identidad, algo que, no obstante, puede verse empañado por el costo económico que en algunas jurisdicciones tiene la última etapa del proceso de adopción, ya que la gratuidad total está garantizada en muy pocos lugares del país.
Si bien todos los trámites de inscripción en los registros de postulantes a adopción, así como la primera etapa de vinculación y guarda preadoptiva, son totalmente gratuitos y no requieren patrocinio letrado, cuando llega la instancia del juicio sí se hace necesario un abogado.
Los honorarios varían en cada jurisdicción provincial y la ciudad de Buenos Aires, con gastos que pueden ir de $160.000 a más de un millón de pesos.
“Debe hacerse un relevamiento a nivel país para saber si se están regulando los honorarios, porque hay lugares con valores muy elevados»Marta Colussi, directora del Registro de Adoptantes de Chaco
Muy pocas provincias tienen normas que garantizan el 100% la gratuidad del proceso de adopción. Un ejemplo es Río Negro, donde a través de un criterio adoptado por el Ministerio Público de la Defensa se puede solicitar patrocinio público.
Es un tema que preocupa a muchas familias que se encuentran en procesos adoptivos o que están inscriptas en los registros, por eso, para el colectivo #MilitamosAdopción lograr una ley nacional de gratuidad en el proceso completo y con aplicación en todo el territorio es un tema central de su agenda 2024.
Daniela Blasco, abogada e integrante de ese colectivo, y mamá de una adolescente por adopción, explica que “las familias tienen un gasto grande que implica adaptar la casa, comprar muebles, ropa nueva para los niños o sumar prestaciones médicas” y que “el esfuerzo debe estar puesto ahí, y no en la preocupación de cómo pagar el juicio de adopción”.
Blasco señala que “para muchas familias el juicio es muy caro y para acceder a un patrocinio gratuito en muchas jurisdicciones tenés que demostrar prácticamente que sos indigente”.
A nivel nacional, hay un proyecto en la Cámara de Diputados, impulsado por la legisladora Soledad Carrizo (UCR), que propone modificar el artículo 595 del Código Civil y Comercial de la Nación, incorporando “la gratuidad de todas las actuaciones administrativas, extrajudiciales o judiciales necesarias para la adopción en cualquiera de sus instancias”, sin importar la situación patrimonial de las personas.
«Las familias tienen un gasto grande que implica adaptar la casa, comprar muebles, ropa nueva para los niños o sumar prestaciones médicas. El esfuerzo debe estar puesto ahí, y no en la preocupación de cómo pagar el juicio de adopción”Daniela Blasco
La iniciativa fue presentada en 2022 y se volvió a repetir en 2023, con la firma de Alberto Asseff (PRO), Gabriela Lena (UCR), Karina Banfi (UCR), Carla Carrizo (Evolución Radical), Lidia Ascárate (UCR), Ximena García (UCR) y Leandro Santoro (Frente de Todos).
Fue girado a una única comisión, la de Legislación General, y es el único con estado parlamentario vinculado específicamente a gratuidad, si bien hay varios sobre modificación del régimen de adopción o alcances, entre otros aspectos.
Por eso, la idea es que la comisión arme una subcomisión de asesores para trabajar todos estos temas de forma conjunta.
Blasco subraya que la cuestión muchas veces “queda a criterio de cada juzgado, incluso en las mismas jurisdicciones”.
A #MilitamosAdopción llegan consultas de familias que cuentan que les quieren cobrar por cada niño, algo que en el caso de grupos de hermanos termina siendo muy costoso.
“El sistema de adopción no es restrictivo, permite que cualquier persona pueda inscribirse; pero el proceso del juicio sí es restrictivo y es un paso fundamental para darle el apellido y el nuevo DNI a los chicos”, remarca Blasco.
La directora del Registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción de la provincia de Buenos Aires, Claudia Portillo, explica que no está masificada la gratuidad en el patrocinio, salvo que las familias planteen la necesidad.
Sin embargo, señala que una vez vencido el plazo de la guarda con fines adoptivos, desde el registro “insisten” a los juzgados para que inicien de oficio la adopción.
“Esto lo prevé tanto la ley de adopción provincial, 14.528, como el Código Civil y Comercial de la Nación, y eso abarata los costos”, detalla Portillo, quien además participó en el Senado bonaerense para que avance una ley sobre el tema.
Se trata de una iniciativa del senador bonaerense Marcelo Feliú (Frente de Todos), que modifica la ley 14.528 y busca garantizar la gratuidad en el distrito para todas las etapas del proceso. Ya obtuvo media sanción por unanimidad y se encuentra en Diputados, a la espera de que avance en 2024.
Los honorarios varían en cada jurisdicción provincial y la ciudad de Buenos Aires, con gastos que pueden ir de $160.000 a más de un millón de pesos.
Marta Colussi, directora del Registro de Adoptantes de Chaco, aporta que si bien en su provincia no hay una norma al respecto, “si la persona acredita que no tiene recursos, tiene derecho a la intervención del Defensor Oficial”.
Además, en coincidencia con su par bonaerense , plantea que siempre hay que tener presente que “el Código Civil dispone que puede hacerlo el juez de oficio, circunstancia que elimina toda posibilidad de arancel profesional”.
En Chaco los honorarios rondan los dos salarios mínimos, pero no es la realidad de otras provincias, como Buenos Aires, donde puede superar los $600.000.
En este sentido, Colussi subraya la necesidad de estudiar la situación: “Debe hacerse un relevamiento a nivel país para saber si se están regulando los honorarios, porque hay lugares con valores muy elevados. Quizás se puede establecer por ley que el arancel no pueda exceder un determinado tope arancelario”, añade la titular del registro chaqueño.
Por último, Colussi considera que debe hacerse un estudio profundo para establecer o no la gratuidad: “Hay que ver en cada provincia si hay suficientes defensores públicos como para dar respuesta al caudal de procesos que haya que iniciar y que, a su vez, no signifique una nueva demora para la parte”, concluye.
Fuente: Télam
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