Los deportes individuales que podrán practicarse son:
Atletismo en todas sus modalidades (de forma individual)
Tenis (single)
Padel (single)
Natación en aguas abiertas
Canotaje (individual)
Yachting (vela individual)
Remo (individual)
Golf
Skateboarding (en club o polideportivo, con turno)
Preparación física individual con entrenador personal (en clubes o polideportivos)
Deportes ecuestres (entrenamientos)
Ciclismo con circuito determinado (en velódromo). BMX (con turno, individual)
Escuelas de patín carrera y patín artístico (en espacios abiertos)
Surf (solo en modalidad escuela de surf)
Pesca deportiva (individual, con distanciamiento, en clubes de pesca)
Tiro deportivo (individual, en espacios abiertos)
Bagminton y tenis de mesa (single, en espacios abiertos)
Las actividades previstas por dicha Resolución deberán realizarse únicamente en instituciones deportivas púbicas o privadas, clubes y/o polideportivos, de lunes a viernes, en espacios al aire libre. Cabe destacar que cuando se trate de actividades cuya práctica sea de carácter amateur, su realización tendrá que desarrollarse junto a profesores/as, instructores/as o entrenadores/as.
Asimismo, se informa que las únicas condiciones para poder dar inicio de estas actividades deportivas individuales son el cumplimiento de los protocolos sanitarios correspondientes, y el no uso del transporte público. No será necesaria la realización de trámites o actos administrativos adicionales.
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